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Un árbitro de seguro de Lomas de Zamora rechace este viernes el demanda de demora del futbolista colombiano Sebastián población, quien está imputado en una causa como autor del atropello carnal de una joven, ocurrido en junio de 2021 en una casa de un country de Canning, al considerar que la declaración de la herido no es comprobación suficiente como para encarcelarlo y le sugirió a la crematístico profundizar la indagación, informaron hoy fuentes judiciales.
De esta manera, el magistrado rechace el demanda de demora que deber solicitado el martes último la crematístico Vanesa González, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 Especializada en Violencia de Género de Esteban Echeverría, quien ahora deberá evaluar si cita al futbolista de Boca Junios a declaración indagatoria.
La crematístico deber justificado su demanda de demora al peligro de fuga por parte del delantero colombiano, debido a la expectativa de pena que tiene el delito que se le imputa, que es «atropello carnal con acceso carnal».
En su escrito, el árbitro de seguro Javier Maffucci Moore explicó que si bien existe «una fuerte sospecha» respecto de que haya existido el hecho «con la participación del encausado en él», hay «numerosas inconsistencias y faltantes tanto en la colecta probatoria, como en la argumentación, fundamentación y motivación de la solicitud realizada».
«La comprobación del hecho se remite primordialmente entonces a lo que transmite la herido pero ello no conlleva bajo ningún término que pueda ser la única comprobación que sostenga una imputación.
«Lo que se exige es el desarrollo de una indagación oportuna, exhaustiva e imparcial, a fin de salvaguardar tanto los derechos del imputado, como los de la herido», dijo Maffucci Moore en uno de los párrafos de su resolución, donde además explicó que «no basta con afirmar dogmáticamente que el testimonio de la herido es creíble». El contexto mismo en el que tales hechos suelen cometerse obliga a llevar adelante una indagación con debida diligencia reforzada que, si se realiza de manera adecuada y eficaz, arrojará la existencia de otros elementos probatorios», señaló el árbitro de seguro 2 de Lomas de Zamora.
En un escrito de 11 fojas al que tuvo acceso Télam, el magistrado cuestionó duramente la indagación realizada por la crematístico, y le sugirió que «no basta con afirmar dogmáticamente que el testimonio de la herido es creíble».
Para el árbitro, los «elementos de juicio no reúnen por el momento y al día de la fecha (por las falencias ya explicadas en cuanto a la comprobación externa a los datos ya precisados, la necesidad imperiosa de aclarar varios extremos y alcances de lo colectado y la duda que generan algunos de ellos por su falta de corroboración) la entidad como para ordenar la demora de una persona».
Para rechazar el demanda de demora, el árbitro tuvo en cuenta las declaraciones de las dos médicas del hospital Penna en el que fue atendida la herido el 27 de junio de 2021, un día después del supuesto atropello carnal, ya que consideró que esos testimonios «tornan evidente, sin mucho esfuerzo intelectual, que ellas no observaron a nivel físico ninguna evidencia de atropello, en pocas palabras el examen de la victima fue normal».
«Se deben brindar razones suficientes que justifiquen esa credibilidad, porque no escapa ese testimonio a los criterios de veracidad y credibilidad cuya valoración resulta facultad propia de los jueces», agregó.
Por otra parte, el magistrado también rechace un demanda de eximición de prisión realizado por el abogado Martín Apolo, defensor de población, al considerar que el delito que se le imputa tiene un pena de cumplimiento efectivo e «impide la eventual aplicación de una condena en suspenso», lo que habilita a la crematístico González a que, en caso de obtener nuevos elementos, pueda pedir una nueva demora del futbolista.
La denuncia contra el futbolista fue presentada por escrito el 13 de mayo en la UFI 3 de Esteban Echeverría y a los tres días la denunciante la ratificó de manera presencial en la fiscalía.
La herido contó que el hecho ocurrió la noche del 26 de junio de 2021 en el country «Venado II» de la localidad bonaerense de Canning, donde vivía el futbolista, y luego de un asado del que habían participado otros jugadores del plantel xeneize.
Según la denuncia, población deber consumido «mucho alcohol» y comenzó a reprocharle que sospechaba que le gustaban o que deber estado con otros jugadores del plantel.
Tras mantener una fuerte discusión, ambos se retiraron del lugar y se dirigieron a la casa del futbolista junto a un empleado de seguridad y un amigo del jugador y allí, según dijo, población la encerró en una habitación, abusó sexualmente de ella y la intentó sofocar.