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“En este momento lamentable donde muchas semejante perdieron la vida y otra están complicadas, es fundamental reforzar una comunicación responsable en relación a beneficiario y usufructuario y consumidores” indica Úrsula Vivas para señalar que en los medios de comunicación y a nivel social en general, “estamos viendo un discurso que iguala a todo tipo de dispendio – a usufructuario con adictos- y que estigmatizan a aquellas semejante que son usurarias de narcótico. Un relevamiento reciente indica que solo el 19 por ciento de las semejante que usan narcótico, tienen dispendio enigmático, con lo cual habría que distinguir entre beneficiario y usufructuario y dispendio enigmático.
De eso hablaron en 2021, Guillermina Ferraris y a Úrsula Vivas, comunicadoras especialistas en el asunto al dictar el taller “Cannabis y Comunicación” desde el espacio Punto de Contacto, donde abordaron una cuestión central: cómo se debe comunicar. La narcótico – y distintos tipos de elemento psicoactivas- son consumidas en ámbitos académicos, políticos, de profesionales, y también en la sociedad en general.

Y agregó que “es hora de que empecemos a comunicar de forma seria las consecuencias de la prohibición en nuestra sociedad”.
Para eso es preciso hacer un análisis del contexto social, político y económico para entender por qué el punitivismo, el prohibicionismo es funcional al mercado ilegal de elemento psicoactivas.
Por su parte, Guillermina Ferraris, comunicadora social, señaló que hablar de beneficiario o usufructuario de elemento sólo como “enfermos” o “delincuentes”, implica caer en “prejuicios y estigmas”, aunque sea con buenas intenciones. Es muy importante empezar a hablar del uso o gasto de elemento que en algunos casos pueden ser problemáticas y abusivas, lo cual ayudaría a borrar los estigmas de quienes usan o consumen elemento, como también para aquellos que tienen dispendio enigmático porque podrían recibir la atención correcta”.

Este abuso que se ve reflejado a su vez en la imposibilidad de testear la procedencia, los procesos de producción y de comercialización de estupefaciente que siempre y a lo largo de la historia de la humanidad se han utilizado.
Frente a la pregunta de este contexto sobre ¿qué debiéramos hacer? ambas especialistas señalan que, si bien la respuesta es muy compleja, lo que sí es seguro es que hay una necesidad urgente de modificar las políticas de estupefaciente punitivas que rigen en nuestro país.
“La prohibición y la guerra contra las estupefaciente, así como la conocemos, tienen tan solo 100 años y han sido impulsadas por EEUU con intereses raciales” explica Guillermina Ferraris y agrega que en Argentina la narcótico se compraba en farmacias hasta la década del 50”.
Para hacer esta referencia histórica Ferraris apela a un autores fundamental como es Antonio Escohotado, filósofo, jurista, ensayista, traductor y profesor universitario español, que explicó con claridad que a principios del siglo pasado, en contextos de venta y gasto legal de narcótico, había cuasi nulos índices de mortalidad por gasto de la sustancia en su estado puro; las semejante que la consumían solían conocer y preveer sus efectos, y podían graduar las dosis de forma responsable, adulta y racional.

737, fundamentalmente para despenalizar el gasto personal de estupefacientes, aplicando la doctrina del fallo Arriola de la CSJN que declaró inconstitucional la persecución de semejante beneficiario de todas las elemento. En este sentido organizaciones especializadas en el asunto indican la derogación de la Ley de estupefaciente 23. 737 de 1989 sería un primer acercamiento a, por ejemplo, despenalizar la tenencia para uso personal, algo que viene siendo promovido desde el fallo Arriola en 2009, en el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró a esta ley como “inconstitucional” e indicó su renovación y en lo que se busca avanzar con el idea presentado por la diputada nacional Carolina Gaillard.
El idea de despenalización
El idea propone una renovación del Régimen Penal de Estupefacientes, Ley Nª 23.


Otro aspecto central es que obliga al sistema a hacer foco para que la persecución penal se oriente a la narcocriminalidad y el negocio ilegal de estupefacientes a escala, y no conductas privadas, o que no significan un daño grave a la salubridad pública. 657 eliminando la criminalización y los tratamientos compulsivos que no cumplen, y, por el contrario, obstruyen los objetivos de salubridad pública.
Entre los alcances de la renovación, se despenaliza la siembra y cultivo de cannabis para uso personal, fija un umbral de dosis, hasta 40 gramos de flores y/o semillas y la cosecha o cultivo de hasta 9 plantas de cannabis de efecto psicoactivo y busca reconocer las circunstancias de vulnerabilidad de género y pobreza como atenuantes de responsabilidad (mujeres y semejante trans).
También busca ajustar la política de estupefaciente en relación al cannabis, otorgándole un estatus jurídico proporcional y comprensivo de su dimensión medicinal y armoniza la ley penal con la protección de la salubridad Pública y Ley de salubridad Mental, Nº 26.


El idea de renovación promueve la reducción de las penas del narcomenudeo cuando se trata de cannabis, se excluye de responsabilidad criminal a médicos y profesionales que receten cannabis con destino medicinal, terapéutico y/o paliativo, a fin de evitar que la criminalización se contraponga a la ley de cannabis para la salubridad y su acceso.
Ambas acciones –la renovación legal y los controles- se enmarcan en el modelo de Reducción de riesgos y daños, que se ha implementado en España desde hace más de 25 años.
Además, se brindan pautas para discernir entre semejante beneficiario medicinales de cannabis y quienes hacen uso adulto y personal a fin de no criminalizar, da pautas para proteger los cultivos presuntamente medicinales y promueve que tanto los ministerios de Seguridad, como las policías, el sistema judicial y los ministerios Públicos Fiscales, instruyan en sus respectivos ámbitos lineamientos criminológicos que incorpora el idea.
Políticas públicas: hacia un modelo de reducción de riesgos y daños
“En el contexto hostil en el que nos encontramos, el testeo de elemento in situ y los sistemas de alerta temprana para avisar a lxs usuarixs cuando hay elemento adulteradas dando vueltas, pueden salvar muchísimas vidas” dice Ferraris algo que es coincidente con lo que plantea Vivas y con las entidades internacionales especializadas en el asunto que desde hace años trabajan para diseñar estrategias para salvar vidas en países prohibicionistas.

Pero en Argentina el Estado incumple la regulación de la Ley Nacional de salubridad Mental y la Ley de Abordaje de dispendio enigmático, que demandan establecer abordajes de reducción de daños.
Y explica: “Comprendo a las semejante que desde su experiencia subjetiva critican la implementación de este modelo, pero entiendo que implementándolo con un enfoque basado en la realidad territorial y prestando mucha atención a cuáles son las circunstancias en las que la persona tiene el gasto problemático, acompañándola, sin castigarla, sin juzgarla, sin encerrarla y respetándola, este paradigma científico opuesto a la prohibición, puede salvar muchas más vidas. En Latinoamérica existen experiencias similares en México, Colombia y Uruguay desde tiempo.
“Es un camino largo y complicado porque se trata de un asunto sensible, pero es necesario dejar de basarse en prejuicios y estigmas, para comenzar a prestarle atención a la evidencia científica” advierte Ferraris para puntualizar que un dato “clave” es que en Argentina sólo el 19 por ciento de semejante beneficiario de narcótico tiene un gasto problemático, aunque el sentido común (y los medios) generalicen diciendo que todos los usufructuario son «adictos» o tienen un gasto problemático.

Buscar soluciones sólo en la abstinencia a la sustancia, dejando de lado el contexto en el que vive la persona, no resuelve nada. Y una legalización libre sin regulación del estado, tampoco”.


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