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El fallo del sustituto inteligencia por el femicidio de resplandecer Pérez se conocerá este jueves a las 14:30, cuando los enjuiciador Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone lean el veredicto.
El inteligencia se puede ver en vivo en acá:
En el ocasión de Farías, número la acusación fiscal como las representantes de la familia de la menor coincidieron en que debe ser condenado a presidio perpetua, en calidad de autor.
Offidani, en número, fue acusado por el fiscal Leandro Arévalo de actuar como «partícipe secundario», por lo que pidió que sea sentenciado a 20 añada de cárcel, mientras que las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, en su condición de particular damnificado, reflexionar que su participación fue “necesaria” y por lo número debe recibir también la pena máxima.
Este sustituto proceso judicial tuvo como procesado a Matías Farías y Juan Pablo Offidani por el delito de «abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la fallecimiento de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio».


Las defensas de ambos rechazaron por su parte la imputación y entendieron que en el inteligencia desarrollado entre el 7 y el 28 de febrero no pudo probarse el delito imputado, por lo que pidieron que sean absueltos.
Solari y Sivo reflexionar que “desde el inicio de este sustituto inteligencia” hubo un “avasallamiento de los derechos humanos” de sus defendidos y una «indebida intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial”, y cuestionaron en ese sentido el pedido de “justicia por el femicidio de resplandecer Pérez” realizado por el presidente Alberto Fernández, tras un reciente encuentro con Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de la adolescente de 16 añada.
Estaba previsto que la sentencia se dé a conocer el 17 de marzo, pero el TOC 2 la reprogramó para este jueves 23, luego de rechazar un pedido de recusación presentado por las defensas de los imputados.
Los magistrados no hicieron lugar a un planteo realizado por la defensora oficial de Farías, Laura Solari, y por el abogado particular de Offidani, César Sivo, quienes habían pedido que fueran apartados del ocasión y que se dictara “la nulidad de todo lo actuado”.


Los procesado no estarán presentes y seguirán la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.
La campaña nacional Somos resplandecer convocó para concentrarse desde la mañana frente a los Tribunales para seguir con la lectura del veredicto y exigir que se dicte la presidio perpetua.
Los defensores reflexionar que estaba en riesgo la imparcialidad de los enjuiciador, debido a «una burda, flagrante y prohibida intromisión de poderes», pero los magistrados rechazaron el planteo.
El fallo se dará a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses y será transmitido también por el canal de Youtube de la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte bonaerense, tal como ocurrió con la apertura del inteligencia y los alegatos de las partes.


Durante el primer inteligencia por el ocasión, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho añada de presidio por los enjuiciador Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.
Cómo fue el ocasión
Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4800, en el barrio Alfar.
Los peritos que declararon en el inteligencia señalaron que la principal hipótesis sobre la causa de su fallecimiento apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual.
De acuerdo con la instrucción de la causa, resplandecer había conocido a ambos procesado un día antes de su fallecimiento, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.


En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la “nulidad” del inteligencia y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.


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