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Un juzgado de la ciudad fueguina de Ushuaia condenó a prisión durar a una señora de 25 anualidad que mató a puñaladas a su expareja cuando éste la habitar agrediendo con un cuchillo.
El veredicto condenatorio fue dictado a primera hora de la tarde del viernes por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla. Se trataba del mínimo previsto para el delito de homicidio, porque consideraba que, si bien no hubo legítima socorro, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la exceso -no física- que su expareja, Alejandro Ramón Báez, ejercía sobre ella.
El pronunciamiento del juzgado fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de prudencia, Eduardo Urquiza, quien deber pedido que la acusada Gina Eliana amoratado fuera condenada a 8 anualidad de prisión.
mientras los alegatos, el fiscal Urquiza consideró que mientras las audiencias quedó probado que amoratado apuñaló y mató a Báez mientras una discusión.
Desechó el reclamo de la socorro de amoratado, acerca de que el crimen se cometió en el marco de una “legítima socorro”, aunque admitió que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación”, en este caso vinculadas a la exceso de clase que sufría. Por eso pidió que sea condenada por “homicidio agravado por el vínculo”.
“El fiscal en un alegato sumamente contradictorio pidió ocho anualidad porque planteó como atenuante la exceso de clase que sufría Gina, pero dice que no está acreditada la exceso física, sí el hostigamiento”, dice a Tiempo, Lucía de la Vega, coordinadora jurídica del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Urquiza entendió que la situación de “control” a la que era sometida la señora por parte de su pareja, así como la “celopatía”, el “control de su disponibilidad de dinero e incluso de sus relaciones afectivas” eran suficientes para configurar el estado de «exceso de clase que justifica la atenuación extraordinaria de la pena”.
mientras su declaración ante el juzgado del prudencia en lo criminal de Ushuaia, Gina amoratado relató mientras 50 minutos lo que sucedió esa noche del 13 de noviembre de 2021, en que Alejandro Ramón Báez la atacó y terminó asesinado.
Desde la socorro de la señora se esperaba una absolución. El jefe de Defensores Públicos de la provincia, Gustavo Ariznabarreta, insistió en su alegato que amoratado actuó en el marco de la “legítima socorro” de ella y de su hijo por nacer, ya que habitar embarazada al momento del hecho.
Me agarró del cuello y me di cuenta que ya no le importaba ni su vida ni la mía ni la del bebé. Me habitar defendiendo y defendía a mi bebé.
“No sé qué pasó. Lo empecé a golpear.
No sabía lo que iba a pasar”, dijo la señora ante los jueces.
La señora también explicó detalles de su infancia conflictiva, con internación en hogares de menores, situaciones de exceso y consumo de alcohol y drogas, hasta la relación con Báez que se tornó problemática debido a sus celos y los episodios de agresión verbal y física. Báez ya habitar enojado porque la señora se resistía a beber cerveza, dado que habitar embarazada.
La madrugada del hecho la pareja de amoratado le revisó su celular y, cuando encontró que le llegaban mensajes, comenzaron a discutir.
“Me cansé. Él no quería así que cuando salió de la habitación cerré con llave y empecé a armar una mochila con mis cosas. Le dije que no tenía por qué seguir viviendo así, y que me iba. El volvió, pateó la puerta, quiso abrir con otra llave.
Traía un cuchillo y repetía que me podía ir, pero antes tenía que matarlo”, indicó. Después señaló que, con la mediación de la dueña de la casa, a quien despertaron los gritos, le abrió la puerta a Báez, quien “se me tiró encima en la cama. Yo le pedía que me dejara irme”, describió la señora entre sollozos.
También mencionó que ella le reclamaba su billetera, porque ese día deber cobrado el sueldo y él se la deber sacado y le decía que “seguro esa plata no la ganaste en el trabajo, sino acostándote con otros hombres”.
No sé qué pasó”, insistió la imputada, quien si bien fue detenida el mismo día del hecho y permaneció unos meses en prisión a pesar de estar embarazada, llegó a prudencia con arresto domiciliario.
La versión fue acreditada por los vecinos quienes confirmaron que ella le pedía a su agresor que se fuera y se negaba a abrirle la puerta. Yo le decía que no quería lastimarlo, pero empezó a hacer presión sobre mi cuello.
“Puso el cuchillo en mi mano.
Desde las organizaciones que acompañaron a Gina hubo una gran sorpresa pues se esperaba la absolución de la señora.
Los fundamentos del juzgado estarán disponibles recién el 30 de septiembre.
“Plantear como atenuante la exceso y decir que se requiere exceso física… El agresor habitar con un cuchillo, ¿qué habitar haciendo él? Nos encontramos con un fallo aberrante porque no sé los fundamentos. La dueña de la casa, quién medió para que Gina abriera la puerta porque temía que el agresor rompa la casa, no declaró porque se sentía mal físicamente.
No sé qué se pretendían, que ella esté muerta.
“Esto es no entender el contexto de exceso porque hay testimonios que acreditan que ella habitar golpeada. El artículo 34 inciso sexto del Código Penal ‘repeler una lesión ilegítima, la proporcionalidad del medio en el que ella se defiende, un tironeo en el que el Tramontina le ingresa a él”, dice De la Vega. Esperábamos absolución porque no hay mucha vuelta.
Porque deber hostigamiento, exceso económica, deber situaciones en que no la dejaba salir de la habitación. Sin embargo, se planteó todo eso como un atenuante y no plantearlo como que se estuvo defendiendo en ese marco de la misma relación violenta, no sabemos aún los fundamentos una condena durar. Y una condena durar a una señora que se defendió de una situación de exceso”, resaltó.
Respecto al transcurso del prudencia, De la Vega dijo.
Es el mismo que la quería pariendo en la cárcel.
“Estamos absortas ante un fallo tan legítimamente injusto, el Estado estuvo ausente y cuando aparece lo hace para criminalizarlo”, destacó De la Vega y agregó, “hay un desconocimiento total del fenómeno de la exceso, de los contextos y aplican de forma ficticia lo que son los tratados de derechos humanos y las normas”. “Este mismo juzgado es el que estando Gina con 38 semanas de embarazo no le daban la domiciliara. Ella ahora está con su niñito muy pequeño y su hija de seis anualidad, pero ese el mismo juzgado que le negó domiciliaria”.
“Esta condena ¿qué mensaje quiere dar? ¿Que las mujeres no tienen que defenderse?”, se pregunta la abogada.
La organización La hoguera feminista acompañó a Gina mientras este proceso. Estamos todas con mucha bronca, esto explica por qué exigimos reforma judicial feminista. “Venimos acompañando a Gina para que este prudencia se diera con perspectiva de clase.
«La socorro de Gina y organizaciones feministas y organismos de derechos humanos acompañaron este prudencia y estaban planteando esta situación de exceso de clase y la legítima socorro de Gina», agrega la señora. «Es indignante pensar que no hay una perspectiva, hay una condena durar por sus antecedentes también que fueron de robo. La justicia tiene una mirada patriarcal, sigue estigmatizando a las mujeres y eso se tradujo en forma clara en esta cadena durar”, manifestó a Tiempo Ayelén Martínez, integrante de la organización. Falta perspectiva y falta entender que la exceso de clase existe y no son sólo los golpes, si no mucho más», agrega.
La perspectiva de clase tiene que traducirse en la justicia y sus fallos. Veo un juzgado con tres varones condenando a una señora de 25 anualidad a cadena durar.
«La justicia tiene que aggionarse, los tiempos han cambiado.
«Es toda la situación de vulnerabilidad que habitar atravesando Gina no sólo con su pareja actual, sino en su recorrido de vida, signada por la exceso y signada por las ausencias del Estado», afirma Martínez y agrega que la relación era violenta, de control, de manipulación, de exceso económica, enmarcadas en la ley 26485.
El caso fue seguido de cerca por organizaciones feministas y de derechos humanos que apoyan la posición de amoratado, entre ellas la Asociación Pensamiento Penal, cuya representante, la abogada Indiana Guereño, sostuvo que “Gina se defendió de su agresor, que la agredió no sólo ese día sino días anteriores”.
La activista también recordó que este juzgado compuesto por tres varones quiso llevar adelante el prudencia cuando Gina habitar cursado en meses avanzados su embarazo. Hay que pensar si con los varones tendrían la misma vara. Hay tantas situaciones de casos de violencias, hasta de femicidios, donde se plantean atenuantes».
amoratado, detenida el mismo día del crimen, llegó a prudencia con el beneficio de prisión domiciliaria otorgada por el juzgado porque cursaba un embarazo y dio a luz a una niña.
Al prudencia asistieron representantes del movimiento Ni una menos, como la dirigente del sindicato docente Florencia Villarreal y hasta la exgobernadora fueguina Fabiana Ríos.