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En un sentencia de nueve páginas, los magistrados dispusieron la nulidad del discernimiento que culminó el 17 de septiembre pasado y que consideró que Lucas Pitman (24), Tomás Jaime (26) y Juan Cruz Villalba (25) no eran responsables penalmente del delito de «abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas» por el que estaban imputados.
En ese sensible, ordenaron que se lleve adelante un flamante sucesión bajo el mismo formato, pero a partir de la conformación de un jurado ciudadano con nuevos integrantes, aunque la familia de la herido pedirá que sean juzgados por un «juzgado técnico».
La pieza III del juzgado, integrada por los sentenciador Ricardo Borinsky y Víctor Violini, hizo sitio a un planteo presentado en ese sensible por los jurista de la herido, y consideró que en el sucesión hubo «un claro avasallamiento a los derechos» de la joven. El juzgado de Casación Penal bonaerense anuló hoy el discernimiento por cuerpo y el dictamen que declaró «no culpables» a tres jóvenes reo de abusar sexualmente de una adolescente de 14 años en un camping de la localidad balnearia de Miramar en 2019, en un sentencia en el que cuestionó duramente al juzgado que acarrear el debate y que pidió que se realice un flamante sucesión.
El discernimiento por cuerpo realizado a los reo y el dictamen obtenido tras cuatro jornadas de audiencias en el Teatro Auditorium de Mar del Plata había motivado un recurso de queja por parte de los jurista de la chica, Maximiliano Orsini y Juan Pablo Gallego, quienes consideraron que presentaba una «insalvable nulidad».
Entre los cuestionamientos planteados, los jurista subrayaban en su recurso la no intervención «necesaria en el discernimiento» de la asesora de Menores e Incapaces, «a la que se le negó su participación esencial» durante la declaración de la herido «en condiciones de grave indefensión».
Al respecto, los sentenciador de la pieza III sostuvieron que «sin sitio a dudas», la decisión del juzgado Oral en lo Criminal (TOC) 3 de Mar del Plata, que acarrear el discernimiento, de «negar intervención» a la asesora «ha supuesto un claro avasallamiento a los derechos reconocidos a la joven herido a contar con la asistencia especializada».