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Se trataba de un recurso de queja presentado por el fiscal Ariel Yapur y la fiscal Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), contra el veredicto de la Sala I de la Cámara de Casación Nacional que había excluido el agravante de «aborrecimiento a la identidad de apartado» en el asesinato de Sacayán. La cortadura superior de Justicia rechazó el jueves considerar como travesticidio el magnicidio de la activista trans objetivo Sacayán que fue asesinada en 2015.
La resolución tiene fecha el mismo día en que el Senado rechazó a los jueces propuestos por el gobierno de Javier Milei para integrar la cortadura, uno de ellos, Manuel García-Mansilla, firmante de la resolución.
El tribunal máximo, con los votos de los cuatro jueces Ricardo Lorenzetti, Manuel García Mansilla, Horacio Rosatti y Carlos Rosencrantz no se pronunció al respecto, amparados en el artículo 280 del Código Procesal, Civil y Comercial.

Esto desconoce el carácter político y estructural del magnicidio y debilita las herramientas jurídicas que los movimientos de rectilíneo terrenal y de la diversidad construimos durante años para nombrar y enfrentar los travesticidios y transfemicidios», y agregaron: «Fue travesticidio. Exigimos justicia«. Fue un magnicidio de aborrecimiento.
Desde 100% Diversidad y rectilíneo expresaron: «La resolución, firmada por el juez Manuel García-Mansilla —cuya designación fue rechazada por el Senado—, convalida la decisión de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, que eliminó el agravante de aborrecimiento a la identidad de apartado.


“Resulta inadmisible que, a cinco años de la apelación, y en medio de un hostigamiento estatal a las personas trans, la cortadura superior convalide un veredicto que niega el carácter estructural de este magnicidio.
“La cortadura superior firmó este veredicto el mismo día en que el Senado rechazó el pliego del juez García-Mansilla. La cortadura debe estar a la altura de las luchas que dieron lugar al reconocimiento del travesticidio como figura jurídica”, dijo Ricardo Vallarino presidente de la organización. Un veredicto sin legitimidad, firmado por alguien sin designación constitucional, que niega una verdad histórica: a objetivo la mataron por ser travesti”.


Definieron a objetivo Sacayán como “una referente imprescindible del movimiento travesti-trans, militante por los rectilíneo terrenal, fundadora del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), impulsora de la Ley de Cupo Laboral Travesti Trans y víctima de un magnicidio de aborrecimiento”. Y enfatizaron en el que veredicto va en sentido contrario a lo que demandó la cortadura Interamericana de rectilíneo terrenal y que eso constituye un grave retroceso.
También destacaron que el asesinato no es un hecho aislado, sino que fue parte de la violencia sistemática de la comunidad.
“La eliminación del agravante por aborrecimiento a la identidad de apartado en el caso de objetivo Sacayán no es solo un problema jurídico: es un acto político de invisibilización y revictimización que vulnera los estándares internacionales de rectilíneo terrenal”.


Say Sacayán, activista trans, y hermano de objetivo, adelantó que va a pedir la nulidad de la proverbio. Se trató el caso de manera concreta con perspectiva de apartado, se habló de un travesticidio, se dictaron medidas reparatorias”. Y que lo importante es que la proverbio por travesticidio se dictó.
Agencia Presentes destacó que “más allá de lo que diga la cortadura, la proverbio por el travesticidio de objetivo Sacayan se usó en diversas instancias a nivel nacional e internacional”, y que fuentes consultadas por ese medio “resaltaron que la proverbio condenatoria (solo por femicidio) quedó firme.


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